El pasado 6 de mayo, una noticia vino para cambiarlo todo. El TSJ daba por válidas 4 palabras del examen de ortografía al que se enfrentaron los aspirantes de Escala Básica del Cuerpo Nacional de Policía de la Promoción 36.
Las palabras ‘ciberataque’, ‘LGTBI’, ‘reditar’ y ‘preminente’ que en su día fueron tachadas de incorrectas por el Tribunal calificador, hoy, dos años y medio después, han sido corregidas judicialmente, dando una segunda oportunidad a los entonces opositores que vieron obstaculizado su camino al ansiado APTO.
La sorpresa y alegría invadió a muchos exaspirantes que daban por finalizada esta etapa de su vida. Sin embargo, las segundas oportunidades existen y esta es una buena muestra de ello.
Ahora son muchas las preguntas que surgen sobre el examen ortografía promoción 36 Escala Básica, ante esta nueva situación. Os dejamos una recopilación de los casos más comunes.
- Señalé correctamente las 4 palabras pero no recurrí en su momento
Aunque NO se haya interpuesto un recurso, se puede solicitar una extensión de efectos para beneficiarse de los efectos de la Sentencia, siempre que el interesado se encuentre en idéntica situación a la recogida en la sentencia. Esto es, que con la nueva y buena corrección de las 4 palabras, su nota sea de, al menos, un 6,2.
- Qué es una extensión de efectos.
Como ya comentábamos en la pregunta anterior, se trata de beneficiarse de los efectos de una sentencia por estar en absolutamente idéntica situación que el recurrente.
Esto se realiza a través de personación mediante escrito, con abogado y procurador, ante el propio Tribunal que ha dictado la Sentencia en el plazo máximo de un año desde la adquisición de la firmeza de la misma.
- Recurrí en alzada pero no interpuse recurso contencioso administrativo.
De conformidad con la Ley 39/2015 del Régimen Jurídico del Procedimiento Administrativo, en caso de no continuar con la interposición del correspondiente recurso contencioso administrativo, el acto ha devenido firme y consentido y, en consecuencia, no se puede solicitar una extensión de efectos.
- No tengo la plantilla del examen de ortografía.
Si no tienes la plantilla porque la tiraste o no sabes dónde está, debes dirigir una instancia a la Dirección General para que te certifiquen tus resultados. Es un derecho y lo más que puede pasar es que digan que NO la tienen, en cuyo caso, habría que ver qué puede decir al respecto el Tribunal.
- Cuándo serán llamados a realizar la entrevista y los psicotécnicos los beneficiados por la sentencia.
Lo primero que tiene que ocurrir es que sea firme la sentencia, siendo este el caso, el siguiente paso es que debe tener un procedimiento de extensión de efectos favorable lo que hará que pueda ser llamado para la siguiente promoción, es decir, en la 39.
Hoy, 13 de junio, ya sabemos que la sentencia es firme, por lo que en el plazo de un año, se podrá solicitar la extensión de efectos de la sentencia.
A continuación, el TSJ dictará o determinará que en la primera convocatoria que se produzca a continuación tengan lugar las pruebas del proceso aún pendientes: reconocimiento médico, entrevista personal y psicotécnicos.
- Cumplo todos los requisitos, ¿qué hago?
Tienes que personarte con abogado y procurador ante el Tribunal que dictó la sentencia solicitando la extensión de efectos.
Para más información u orientación acerca de los trámites y costes de esta actuación, puedes dirigirte a la secretaría de DEPOL o por los medios habituales.
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