Se ha publicado la lista de excluidos del proceso selectivo al Ingreso a la Escala Básica y Escala Ejecutiva en el Boletín Oficial del Estado del día de hoy.
En los años anteriores, en el BOE primero se hacía referencia a una lista provisional de admitidos y excluidos. Tras su publicación, los excluidos disponían de 10 días para subsanar errores, y posteriormente se publicaba la lista definitiva de admitidos para realizar el proceso selectivo.
Este año en el Boletín Oficial del Estado no indica que sea la lista provisional. Solo aparece reflejado que es la lista de admitidos y excluidos. De igual forma, si indica que disponen de 10 días a partir de mañana para subsanar errores, por lo que para la finalidad, es lo mismo.
¿Qué sucede si no apareces? Eso significa que has resultado admitido. Por lo que puedes acceder al usuario personal del Portal del Aspirante para ver el estado de la instancia, que debe poner admitido. Cuando finalice el tiempo para subsanar errores y se tenga constancia de los admitidos definitivos, deberán publicar las fechas y horas de las físicas a cada aspirante en su usuario personal.
¿Qué hay que hacer si apareces en la lista de excluidos en el BOE? Hay que ver la causa de exclusión cuál es para poder subsanar los defectos que pudiesen haber al echar la instancia. Hay 10 días hábiles disponibles para ello a partir del día de mañana y se debe enviará a través del Portal del Aspirante de manera telemática.
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¿Qué significa no aparecer en ninguna de las dos listas, ni admitidos ni excluidos? En el usuario del Portal del Aspirante en el estado del proceso debe aparecer como “no tramitado”. Esto significa que no se ha cumplimentado correctamente la instancia, por lo que no se puede subsanar errores. En este caso, no está tramitada la solicitud de participar en el proceso de la oposición.
¿Cuáles pueden ser las causas de exclusión? Desde la página web de la Policía Nacional se expusieron dos explicaciones de cómo realizar la subsanación. Por un lado por falta de pago telemático, y por otro, por falta de firma digital.
- Falta firma digital en la instancia.
- Falta requisito de edad.
- No haber efectuado el pago de la tasa por derechos de examen de forma telemática.
- Falta requisito nacionalidad española.
- No haber remitido el certificado del SEPE, acreditando inscripción como demandante de empleo, con el plazo de al menos un mes anterior al de la fecha de publicación de las bases de la presente convocatoria o no acreditar no haber rechazado oferta de empleo adecuada, ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales.
- No haber remitido declaración jurada o promesa de no percibir rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional o haberla remitido incorrecta.
- No haber remitido título de familia numerosa en vigor.
- No acreditar ser víctima de terrorismo.
En el caso de la falta de requisito de edad y de la nacionalidad española, no serían errores subsanables.
Testimonios

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